Ayuntamiento de A Coruña

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Área de Bienestar Social

Viviendas de promoción pública

Son viviendas protegidas, promovidas sin ánimo de lucro por el Instituto Galego da Vivenda e Solo. Son las viviendas protegidas más baratas, por eso suelen estar reservadas para unidades familiares de rentas más bajas. El precio de la compra o del alquiler variará en función de los ingresos de la unidad familiar: las rentas más bajas pagarán menos por las viviendas.

¿Cómo se adjudican estas viviendas?

El procedimiento común de adjudicación será el del sorteo realizado ante notario entre las personas inscritas en el Registro Único de Demandantes de Vivienda. En su caso, habrá un turno específico para personas con movilidad reducida.

¿Qué tipos de viviendas de promoción pública hay?

  • Viviendas de protección oficial de promoción pública

Están destinadas la unidades familiares o convivenciales cuyos ingresos se encuentran entre 0,7 y 2,5 veces el IPREM.

  • Viviendas cualificadas en núcleos rurales y en barrios históricos

Son las viviendas promovidas por el Instituto Gallego de la Vivenda e Solo con el fin de conseguir el acondicionamiento del contorno y la rehabilitación de viviendas ubicadas en núcleos rurales en estado de abandono o semiabandono o en barrios históricos de poblaciones. Los solicitantes de estas viviendas tendrán que disponer de unos ingresos ponderados, por unidad familiar, que se encuentren entre 1 y 5,5 veces el IPREM, además de cumplir los requisitos generales.

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Viviendas de promoción privada: viviendas de protección autonómica

¿Que son las VPA?

Son viviendas promovidas por un promotor privado, más baratas que la vivienda libre, ya que la ley pone un límite a su precio de venta. Este límite se calcula fijando un precio máximo por metro cuadrado útil de vivienda, garaje y trasero, precio que varía en función del tipo de VPA y del municipio en la que se compre (para respetar las diferencias de precio que hay entre unas localidades y otras). Estas viviendas se adjudicarán entre los que estén inscritos en el Registro Único de Demandantes de Vivienda.

¿Qué requisitos se deben cumplir para poder acceder a su compra?

  • No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna vivienda sujeta a protección pública en España.
  • Tampoco podrá ser titular de una vivienda libre, salvo que había sido privado de su uso por causas no imputables al interesado o cuando el valor de la vivienda o el derecho sobre a misma determinado según el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales no exceda del 40% del precio de la vivienda que se pretende adquirir. Este límite puede llegaral 60% en algunos supuestos.
  • Que la persona beneficiaria resida o desarrolle su actividad laboral en un municipio de la comunidad autónoma de Galicia.
  • Tener unos ingresos mínimos (0,7 IPREM) y no superar unos ingresos máximos que dependerán del tipo de VPA.

¿Qué tipos de VPA hay?

Hay tres tipos de VPA que se diferencian en el precio y en los ingresos que se piden para poder acceder a su compra.

  • VIVENDA DE PROTECCIÓN AUTONÓMICA DE REGIMEN ESPECIAL

Ingresos: No superiores a 2,5 veces el IPREM

  • VIVENDA DE PROTECCIÓN AUTONÓMICA DE PRECIO GENERAL

Ingresos: No superiores a 4,5 veces el IPREM

  • VIVENDA DE PROTECCIÓN AUTONÓMICA DE PRECIO CONCERTADO

Ingresos: No superiores a 6,5 veces el IPREM

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