12 de noviembre de 2010
El derecho a cambios y devoluciones solo existe si el producto presenta alguna falta de conformidad con el contrato. La OMIC aconseja a los consumidores que se informen sobre esta posibilidad antes de la compra y de las condiciones de la misma.
En estas épocas del año, cuando se acercan las fechas Navideñas un tema que preocupa a los consumidores que acuden por la oficina está relacionado con los cambios y devoluciones, generalmente por el aumento de la adquisición de productos para regalar.
Son numerosas las consultas de consumidores/as que se informan sobre la obligatoriedad por parte de un establecimento de aceptar cambios o devoluciones, ya que en muchos casos tras el intento previo se encuentran con la oposición del comerciante a tal práctica generándose un conflicto de consumo.
Ante esto es importante tener en cuenta que el consumidor solo tiene derecho a desistir del contrato sin justificación alguna, solicitando la devolución de los importes, en casos legalmente previstos o en establecimientos que previamente aceptaran esta circunstacia informándolo al consumidor.
Derecho al cambio o devolución
Los casos en los se podria solicitar el cambio o devolución son lo siguentes:
Por ello la OMIC les aconseja que se informen previamente sobre las condiciones de cambios y devoluciones y que tengan en cuenta que cuando los establecimientos no manifiestan nada se entiende que no admiten esta posibilidad.
Y ante cualquier duda, contacten con la OMIC.
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