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Aula Municipal de Jazz y Música Moderna
 
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Exención de matrícula y reducción de tasas

Las exenciones, y reducciones en las tasas, que figuran a continuación serán sólo aplicables a alumnos, menores de 18 años, empadronados en el municipio de La Coruña.

1. Exención de matrícula para segundos y demás hijos menores de 18 años matriculados en el centro. Para que dicho procedimiento sea aplicable, deberá presentar copia del resguardo conforme se han abonado las tasas correspondientes de la matrícula del primer hijo.

2. Bonificación en el importe de matrícula y mensualidades, por razones de ingresos económicos familiares (aplicables sólo a menores de 18 años y a jubilados). Familias con ingresos netos anuales menores de 3.971 € por cada miembro de la unidad familiar.

  • Matrícula: 38,59 €
  • Mensualidades: 38,59 €
Para poder optar a esta bonificación, se deberá presentar la solicitud correspondiente en el momento de efectuar la matrícula. Dicha solicitud deberá de acompañarse de la siguiente documentación:

  • Libro de familia: copia de las hojas de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Certificación de la Agencia Tributaria de las rentas de todos los miembros de la unidad familiar en el año 2008 (2009 en caso de Hacienda emita ya certificados de ese año), o de la exención de presentarla. Tanto si la declaración es individual, como si es conjunta.
  • Certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar que vivan en el domicilio del alumno.

NOTA IMPORTANTE: La fecha límite para presentar TODA la documentación relativa a la reducción de tasas, será el 29 de Octubre de 2010.

En el caso de que el alumno no esté empadronado en el domicilio de sus padres, deberán acreditarse documentalmente las razones de esta situación, y se exigirá la presentación de Certificaciones de la Agencia Tributaria según el caso concreto.

En los casos de situaciones familiares distintas de las expuestas, o de dudosa concreción, se podrá solicitar documentación complementaria.

Estos documentos que se solicitan han de ser en original, y en ningún caso pueden ser sustituidos por copias.

Los alumnos que soliciten acogerse a la bonificación en el importe de matrícula y mensualidades, por razones de ingresos económicos familiares, deberán abonar íntegramente las tasas mencionadas en el apartado 2, en tanto la Escuela Municipal de Música no les comunique la resolución que adopte la Junta de Gobierno del Consorcio para la Promoción de la Música sobre la solicitud presentada. En caso de que dicha solicitud sea denegada, deberán abonar la diferencia de tasas correspondiente.


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